LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
El Diploma de Contrataciones del Estado tiene como objetivo potenciar los conocimientos de los participantes para lograr conocer los procesos de compras. Para ello abordaremos todas las herramientas conceptuales, normativas (Ley N° 30225 y el TUO D. S. N° 082-2019-EF) y la casuística.
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El reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF establece las disposiciones para la aplicación de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas en el Perú. A continuación, se presenta un resumen de los puntos más importantes:
1. Objeto y Finalidad
Se regula la contratación pública de bienes, servicios y obras con el objetivo de optimizar el uso de los recursos públicos.
Busca promover el valor por dinero y garantizar la satisfacción de las necesidades de las entidades contratantes y de la ciudadanía.
2. Ámbito de Aplicación
Aplica a todas las entidades del Estado que realicen contrataciones públicas, salvo excepciones previstas en la ley.
Se establecen procedimientos específicos para garantizar la transparencia y eficiencia en las adquisiciones.
3. Actores Involucrados
Dirección General de Abastecimiento (DGA): Máxima autoridad normativa en contrataciones públicas.
Organismo Especializado para Contrataciones Públicas Eficientes (OECE): Supervisa y brinda asistencia técnica a las entidades.
Perú Compras: Central de Compras Públicas encargada de estandarizar requerimientos del Estado.
4. Proceso de Contratación Pública
Fases del proceso:
a. Actuaciones Preparatorias
Incluye la segmentación de contrataciones, elaboración del requerimiento y estrategia de contratación.
Se establecen criterios para la segmentación y priorización de compras.
b. Procedimientos de Selección
Pueden ser competitivos o no competitivos.
Se utilizan mecanismos como subastas electrónicas y catálogos electrónicos de acuerdo marco.
c. Ejecución Contractual
Se regulan garantías, penalidades, resolución de contratos y supervisión de ejecución.
d. Registro Nacional de Proveedores (RNP)
Los proveedores deben estar inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) para participar en contrataciones con el Estado.
Se establecen requisitos de solvencia económica y experiencia para consultores y ejecutores de obras.
e. Evaluación del Desempeño de los Proveedores
Se crea un mecanismo de evaluación basado en la calidad y cumplimiento de los contratos.
Se otorgan incentivos a proveedores con mejor calificación en procesos de selección.
f. Supervisión y Fiscalización
El OSCE realiza supervisión de contrataciones para detectar riesgos y transgresiones.
Se prevé la fiscalización posterior de la información declarada por los proveedores.
g. Impedimentos para Contratar con el Estado
Se detallan causales de impedimento, como sanciones por corrupción o inhabilitación.
Existen excepciones cuando el proveedor es el único con capacidad para ofrecer el servicio.
h. Transparencia y Publicidad
Todas las contrataciones deben publicarse en la Plataforma Digital para Contrataciones Públicas (Pladicop).
Se promueve el acceso público a la información sobre proveedores y procesos de contratación.
Este reglamento busca mejorar la eficiencia y transparencia en el uso de los recursos públicos, asegurando que las contrataciones del Estado se realicen con criterios de calidad y competencia.
Marco Normativo Ley 32069
1. Mantenimiento de Bienes y Obras• El mantenimiento puede ser preventivo o correctivo según la situación.• Su finalidad es asegurar la operatividad y conservación de bienes y obras.• Se ejecuta conforme a la necesidad técnica identificada.2. Cadena de Abastecimiento
• Comprende programación multianual, gestión de adquisiciones y administración de bienes.• La programación identifica y prioriza necesidades con horizonte mínimo de tres años y registro en Pladicó.• La gestión de adquisiciones se rige por la Ley 32069 y la administración por directivas de la DGA.3. Enfoque de la Ley 32069
• La ley articula la adquisición con la planificación y la administración.• Busca eficiencia y coherencia en el uso de recursos.• Garantiza coordinación entre áreas y procesos.
Sistema Nacional de Abastecimiento
1. Actores Principales del Sistema• El Sistema Nacional de Abastecimiento se rige bajo el D. Leg. 1439 y tiene como ente rector a la DGA.• Perú Compras mantiene funciones en homologación y compras corporativas.• Todas las entidades con autonomía administrativa forman parte del sistema.2. Programación Multianual
• Identifica y valoriza necesidades de bienes, servicios y obras a un horizonte mínimo de tres años.• Garantiza trazabilidad y respaldo presupuestal de requerimientos recurrentes.• Responde a recomendaciones de la OCDE para mejorar la planificación.3. Directiva y Cambios Normativos
• La Directiva 005-2021 define fases de planeamiento y aprobación del cuadro multianual.• La Ley 32069 introduce PLADICO, interacción con el mercado y oficiales de compra.• Se fortalece un enfoque estratégico para la gestión de recursos públicos
¿Qué es la Contratación Pública?
1. Concepto y Alcance General• La contratación pública consiste en adquirir bienes, servicios y obras usando recursos estatales.• Busca eficiencia, calidad y protección del interés público.• La Ley 32.069 introduce ajustes para fortalecer la gestión de recursos.2. Ámbito y Regulación
• Incluye entidades con autonomía administrativa y financiera.• Regula contrataciones con todo tipo de fondos públicos.• Se establece una transición gradual según la fecha de convocatoria.3. Contrataciones Menores y Supuestos Excluidos
• Se incorporan contrataciones hasta 8 UIT bajo regulación.• Algunos servicios como bancarios o arbitraje mantienen procesos propios.• Se elimina el remate público como supuesto excluido.
Supuestos Excluidos Supervisados por OSCE
1. Contrataciones menores y registro• Las contrataciones menores o iguales a 8 UIT dejan de estar excluidas y serán supervisadas por el OSCE.• No requieren proceso de selección, pero deben registrarse en PLADICP.• Se gestionan mediante requerimiento del área usuaria y cotizaciones a proveedores en el RNP.2. Servicios y contrataciones especiales
• Servicios públicos sin competencia quedan fuera del alcance de la ley.• Contratos FIDIC, NEC y convenios G2G se mantienen bajo regulación especial.• Se preserva la exclusión en proyectos APP y obras por impuestos.
3. Principios y alcance normativo• Se incorpora el principio de valor por dinero para asegurar eficiencia.• La supervisión busca transparencia y mejor uso de recursos públicos.
Principios de la Nueva LCP
1. Legalidad y Transparencia• Las contrataciones deben ajustarse estrictamente a la Constitución y la ley.• La información debe ser pública y accesible para garantizar control ciudadano.• Se presume la veracidad de documentos, agilizando los trámites.2. Eficiencia, Eficacia y Valor por Dinero
• Se busca optimizar recursos y reducir formalidades sin afectar la calidad.• El valor por dinero implica evaluar costo, calidad y sostenibilidad.• No siempre la oferta más barata es la más conveniente para el interés público.3. Equidad, Integridad e Igualdad de Trato
• La conducta de los actores debe ser honesta y transparente.• Todos los proveedores deben recibir las mismas oportunidades.• La responsabilidad recae solo en quien comete la infracción.
Acrónimos y Referencias
1. Nuevas denominaciones e instituciones• El Órgano Encargado se denomina ahora Dependencia Encargada de las Contrataciones.• SEACE pasa a ser Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas.• El Tribunal se renombra como Tribunal de Contrataciones Públicas.2. Roles organizacionales
• Se mantiene el titular de la entidad como máxima autoridad.• Surge la Autoridad de Gestión Administrativa para conducción operativa.• El Área Usuaria incorpora un Área Técnica Estratégica.3. Nuevas etapas y procedimientos
• La segmentación de necesidades precede a la elaboración del requerimiento.• La estrategia de contratación define modalidad y tipo de evaluador.• El registro de participantes puede ser lista abierta, abierta con invitación o cerrada.
Retro Alimentación
1. Rol y fundamento del Área Técnica Estratégica• Es la unidad especializada que actúa como área usuaria cuando se requieren bienes o servicios de alta complejidad.• Su participación está reconocida en la Ley 32069, coordinando con la dependencia encargada de contrataciones.• Aporta criterio técnico en la definición de requerimientos y estrategias.2. Actores y etapas del proceso
• Intervienen compradores públicos y evaluadores según el procedimiento.• El proceso mantiene fases de planificación, selección y ejecución contractual.• Se admite delegación de facultades bajo regulación pendiente.3. Criterios y control
• Se aplica discrecionalidad con rigor técnico para decisiones eficientes.• Contrataciones menores deben registrarse en la plataforma pública.• Se busca asegurar transparencia y valor por dinero.
Retro Alimentación - Parte 2
1. Actuaciones Preparatorias• Comprenden el periodo desde la elaboración del requerimiento hasta antes de la convocatoria.• Buscan ordenar y hacer eficiente el proceso de selección.• Se desarrollan como procedimientos internos conforme a la Ley 32069.2. Segmentación y Responsabilidades
• La segmentación organiza bienes, servicios u obras para optimizar la contratación.• La dependencia de contrataciones la realiza con base en información del Cuadro Multianual.• Debe emitir resultados y cronograma en un plazo máximo de 15 días hábiles.3. Requerimiento y Anuncio de Compra
• El anuncio de compra futura es opcional y facilita la interacción con proveedores.• El requerimiento debe precisar condiciones de ejecución, criterios y modalidades de pago.• Este proceso asegura eficiencia y alineación con las necesidades institucionales.
Actuaciones Preparatorias
1. Fraccionamiento indebido y expediente de contratación• El fraccionamiento indebido se da cuando no se respetan las condiciones establecidas para una contratación.
• El expediente de contratación reúne todas las actuaciones desde el requerimiento hasta el cumplimiento.
• La entidad debe mantener dicho expediente actualizado y completo.
2. Interacción con el mercado
• Ya no se limita solo a indagar precios, sino a analizar oferta, competencia y riesgos.
• Permite definir la mejor estrategia de contratación, especialmente en obras.
• Incluye segmentación según valor público y complejidad.
3. Indagación, consulta y herramientas
• La indagación puede ser básica (datos específicos) o avanzada (análisis amplio del mercado).
• La consulta implica intercambio directo con proveedores, también básica o avanzada.
• Se emplean reuniones, talleres o comunicaciones, según la estrategia de contratación.
El Expediente de Contratación
1. Difusión y evaluación de requerimientos• Permite recibir retroalimentación del mercado antes de la convocatoria, resolviendo consultas técnicas en esta fase.
• En bienes y servicios la evaluación recae en el área usuaria; en obras se analiza especialidad y complejidad.
• Tras la convocatoria no se aceptan consultas técnicas adicionales.
2. Agrupamiento de requerimientos
• Se pueden agrupar bienes, servicios u obras para optimizar procesos y costos.
• Paquetes integran ítems menores a 8 UIT; lotes o tramos agrupan vinculados que superan ese valor.
• Busca evitar múltiples procedimientos separados.
3. Expediente y bases del procedimiento
• El expediente debe ser completo, electrónico y aprobado por la máxima autoridad.
• Incluye mecanismos de solución de controversias.
• Las bases son estandarizadas y pueden ajustarse según modalidad dentro del marco normativo.
Difusión del Requerimiento
1. Tipos de procedimientos y evaluadores• Los procedimientos pueden ser competitivos o no competitivos, según exista competencia entre participantes.
• En los competitivos intervienen evaluadores definidos por reglamento: Oficial de Compra, Comité o Jurado.
• La elección depende de la estrategia de contratación.
2. Roles del Oficial de Compra, Comité y Jurado
• El Oficial de Compra dirige la fase de selección y puede participar en actuaciones preparatorias.
• El Comité incluye dos compradores públicos y un experto técnico, actuando colegiadamente.
• El Jurado se emplea en concursos especializados y evalúa ofertas de forma autónoma.
3. Responsabilidad y requisitos de expertos
• La designación de evaluadores depende del tipo de procedimiento y complejidad.
• Se puede incorporar expertos externos cuando la entidad no cuente con personal idóneo.
• Los expertos requieren 10 años de experiencia general y 5 específica.
Fase de Selección
1. Profesionalización y control• La evaluación ya no recae solo en el comité; se exige certificación intermedia o avanzada para sus miembros.
• El jefe del órgano de contrataciones debe contar con certificación avanzada.
• Se registra a los servidores que integran comités para asegurar control y trazabilidad.
2. Actores en la selección
• El Oficial de Compra dirige la fase de selección y apoyos preparatorios.
• El Comité integra servidores y un profesional con experiencia técnica.
• Los Jurados intervienen en concursos especializados con 3 o 5 expertos.
3. Cambios en procedimientos y modalidades
• PladiCO reemplaza al SEACE, centralizando la gestión de procesos.
• Se distingue entre procedimientos competitivos y no competitivos.
• Las contrataciones directas se mantienen bajo causales reguladas como emergencia o proveedor único.
Fase de Selección - Convocatoria
1. Requerimiento y condiciones para convocar• El requerimiento debe estar en el cuadro multianual y alineado al plan anual, con presupuesto y expediente técnico aprobado.
• La convocatoria exige expediente y bases de selección aprobadas.
• Se publica en Pladico indicando entidad, objeto, procedimiento y cronograma.
2. Registro de participantes y consultas
• El registro es gratuito en Pladico y requiere inscripción en el RNP según el objeto.
• Modalidades: lista abierta, abierta con invitación y cerrada (no competitiva).
• Consultas y observaciones se presentan dentro de plazos establecidos.
3. Modificaciones y evaluación
• Si la consulta modifica el requerimiento, el área usuaria debe otorgar no objeción.
• Si no procede, el expediente puede devolverse y anularse el proceso.
• Tras ello, inicia la evaluación de ofertas con calificación según procedimiento.
Requisitos de Calificación y Evaluación de Ofertas Técnicas
1. Requisitos de calificación del postor• Se mantiene la capacidad legal para ejercer la actividad económica requerida.
• La capacidad técnica exige personal clave y equipamiento acreditado.
• La experiencia se mide por montos facturados y se regulan consorcios con participación mínima.
2. Capacidad económica y calificación previa
• La capacidad económica se aplica en procesos con precalificación.
• Se evalúa solvencia y cumplimiento financiero.
• Busca asegurar que el proveedor pueda ejecutar el contrato.
3. Evaluación de ofertas técnicas y económicas
• Modalidades: evaluación simultánea, separada o subasta inversa.
• Se prioriza el valor por dinero, aumentando peso de criterios técnicos.
• El puntaje se asigna mediante fórmula basada en la oferta más baja.
Modalidades de Procesos de Contratación
1. Convocatoria y acceso a la información• La convocatoria incluye cronograma y opciones de registro de participantes.
• El acceso completo a la información se habilita tras la adjudicación, salvo datos confidenciales.
• Consultas y observaciones pueden elevarse según etapa.
2. Requisitos y evaluación de ofertas
• Se mantienen requisitos mínimos y fórmulas de evaluación.
• Según el tipo de proceso, la evaluación puede ser simultánea o por etapas.
• OSCE puede intervenir en la resolución de cuestionamientos.
3. Tipos y modalidades de licitación
• Licitaciones públicas para bienes y servicios pueden ser estándar, especializadas o abreviadas.
• En obras, la evaluación técnica y económica varía según monto y complejidad.
• Modalidades especiales permiten listas cerradas, diálogos competitivos o negociación.
Modalidades de Procesos de Contratación Parte 2
1. Resolución de Discrepancias• Las controversias en evaluación y adjudicación se resuelven mediante apelación.
• El plazo es de 8 días, salvo procedimientos abreviados o subastas con plazos de 5 a 8 días.
• La garantía se calcula sobre el ítem impugnado, con porcentajes diferenciados para microempresas.
2. Culminación y Firma del Contrato
• El proceso concluye con la suscripción del contrato o cuando esta no es posible por causas justificadas.
• La firma digital se incorpora como mecanismo válido.
• La obligación de contratar se mantiene salvo imposibilidad física o jurídica.
3. Ejecución Contractual
• Inicia al perfeccionarse el contrato mediante firma u orden de compra/servicio.
• Se aplican nuevos lineamientos sujetos a ajustes.
• La entidad puede desistir si desaparece la necesidad institucional.
Retro Alimentación
1. Principios y Enfoque de la Ejecución Contractual• La Ley 32.069 prioriza el valor por dinero, considerando eficiencia y sostenibilidad.
• Se busca mejorar la efectividad en las decisiones durante la contratación.
• La ejecución contractual se orienta a resultados y uso responsable de recursos.
2. Cambios Institucionales y Procedimentales
• Se redefine el órgano encargado y se incorpora la plataforma PLADICÓ.
• Se actualiza la denominación del Tribunal de Contrataciones.
• Se formaliza la autoridad de gestión y la indagación de mercado.
3. Competencia e Incentivos en la Contratación
• Se incentiva la participación de compradores cuando existan múltiples ofertas.
• Se promueven modalidades competitivas y negociación con proveedores.
• Los requerimientos y procesos siguen cronogramas para mayor transparencia.
Fase de Ejecución Contractual
1. Relación entre Selección y Perfeccionamiento• La ejecución inicia solo cuando el contrato queda formalizado.
• La selección determina al adjudicado, pero no implica ejecución inmediata.
• El perfeccionamiento asegura validez legal y compromiso de las partes.
2. Impedimentos y Negativa para Perfeccionar• El postor puede estar impedido física o jurídicamente para firmar.
• La entidad puede negarse si desaparece la necesidad o hay restricciones normativas.
• También influyen recortes presupuestales u órdenes legales superiores.
3. Formalización, Garantías y Nulidad
• El contrato puede formalizarse por firma u orden de compra/servicio.
• Se requieren garantías de fiel cumplimiento según corresponda.
• El contrato puede ser nulo por proveedor impedido, falsedad o pagos indebidos.
Fase de Ejecución Contractual Parte 2
1. Garantía de Fiel Cumplimiento y Formas de Acreditación• Asegura que el contratista cumpla con las obligaciones del contrato.
• Puede presentarse mediante carta fianza, póliza de caución, retención del 10% o fideicomiso.
• El fideicomiso se incorpora como nuevo mecanismo para administrar fondos de garantía.
2. Fideicomiso y Retención del 10%
• El fideicomiso es un contrato tripartito administrado por una entidad fiduciaria.
• Debe constituirse en 20 días hábiles o se resuelve el contrato.
• La retención del 10% sigue vigente, especialmente para MYPE en contratos menores.
3. Penalidades, Seguros y Constancias
• Las penalidades por incumplimiento pueden llegar al 10% del contrato y se registran en PLADICUP.
• Se exige seguro de responsabilidad civil para funcionarios encargados.
• Las constancias de prestación permiten la participación futura en contrataciones públicas.
Soluciones de Controversias Durante La Fase de Ejecución Contractual
1. Mecanismos y Enfoque Preventivo• Se mantiene el trato directo como vía inicial para resolver desacuerdos.
• El arbitraje y la conciliación se reconocen como alternativas formales.
• La JPRD reemplaza a la JRD, priorizando la prevención y solución temprana de disputas.
2. Limitaciones y Casos Excluidos
• No proceden mecanismos en casos de enriquecimiento sin causa o falta de pago.
• Prestaciones adicionales aprobadas pueden resolverse mediante arbitraje, conciliación o JPRD.
• La conciliación es obligatoria en contratos menores ante centros autorizados.
3. Registro y Responsabilidades
• Centros de arbitraje y JPRD deben estar registrados en el OSCE.
• Árbitros y conciliadores deben formar parte del registro oficial.
• El arbitraje sigue siendo clave para controversias sobre validez o terminación, con plazos de 30 días hábiles.
Soluciones de Controversias Durante
La Fase de Ejecución
Contractual Parte 21. Convenio Arbitral y Arbitraje
• El convenio arbitral se incorpora al contrato de forma separada y conforme a bases estándar.
• Debe señalar la institución arbitral registrada y el tipo de tribunal (único o tres árbitros).
• En arbitraje Ad Hoc, la designación del árbitro requiere aprobación de la autoridad competente.
2. Laudo Arbitral y Registro
• El laudo arbitral es exigible y debe publicarse en la plataforma oficial.
• Los árbitros tienen 10 días hábiles para registrarlo.
• La publicación asegura transparencia del proceso.
3. Junta de Resolución de Disputas (JRD)
• Obligatoria en contratos mayores a 10 millones y facultativa en montos menores.
• Actúa durante toda la ejecución, emitiendo decisiones vinculantes.
• Sus costos se cubren con presupuesto de inversión pública.
Proceso de Contratación Pública: Elaboración de Requerimiento
1. Fases del Proceso• El requerimiento inicia la contratación según el plan y presupuesto institucional.
• La fase selectiva evalúa y elige al proveedor adecuado.
• La ejecución contractual asegura el cumplimiento de lo pactado.
2. El Requerimiento y Valor por Dinero
• Debe ser claro y basado en especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico.
• Busca igualdad de condiciones y evita direccionamientos.
• El principio de valor por dinero prioriza calidad y eficiencia.
3. Consideraciones Especiales
• En obras, el expediente técnico aplica metodología BIM.
• Las compras de innovación permiten definir objetivos y fomentar soluciones creativas.
Proceso de Contratación Pública: Interacción con el Mercado
1. Finalidad de la Interacción• Permite conocer oferta, competencia y precios del mercado.
• Mejora la definición del requerimiento y presupuesto.
• Facilita elegir el procedimiento de selección adecuado.
2. Estrategia y Prohibición de Fraccionamiento
• La estrategia de contratación asigna riesgos y orienta decisiones.
• Está prohibido fraccionar para evadir procedimientos, salvo falta de recursos o necesidad imprevista.
3. Expediente y Procedimiento de Selección
• El expediente reúne requerimiento, selección y ejecución.
• Los procedimientos son dirigidos por comités especializados para asegurar transparencia.
Proceso de Contratación Pública: Contrataciones Sujetas a Procedimientos de Selección Competitivo
1. Procedimientos Competitivos• Incluyen licitación (bienes y obras) y concurso público (servicios).
• Modalidades abreviadas: subasta inversa y comparación de precios.
• Se usan modalidades diferenciadas para innovaciones y casos especiales.
2. Procedimientos No Competitivos
• Contratación directa aplicada en emergencias, desabastecimiento o proveedor exclusivo.
• Se prioriza eficiencia cuando la competencia no es viable.
3. Casos Específicos y Aprobación
• Investigación, inmuebles, asesoría y capacitación pueden contratarse sin competencia.
• La aprobación corresponde a la autoridad de gestión o titular de la entidad.
Proceso de Contratación Pública: Declaratoria de Desierto
1. Declaratoria de Desierto• Se declara desierto cuando ninguna oferta cumple los requisitos.
• Aplica también en comparación de precios y subasta inversa.
• Implica reiniciar, replantear o modificar el requerimiento según la necesidad.
2. Cancelación del Procedimiento
• La entidad puede cancelar antes de adjudicar por fuerza mayor o desaparición de la necesidad.
• También procede si el presupuesto debe ser redirigido a emergencias.
• La cancelación se formaliza mediante resolución publicada en la plataforma oficial.
3. Contratos y Garantías
• El contrato establece obligaciones recíprocas entre entidad y proveedor, con cláusulas como anticorrupción y solución de controversias.
• Se exigen garantías (fideicomiso, carta fianza o seguro) para asegurar el cumplimiento.
Supuestos Impugnables
1. Momentos de Solución de Controversias• Se regulan antes y después del perfeccionamiento del contrato.
• Antes: mediante recurso de apelación en la fase selectiva.
• Después: mediante arbitraje, conciliación y mecanismos contractuales internacionales.
2. Recurso de Apelación en la Fase Selectiva
• Permite impugnar decisiones como la adjudicación de la buena pro.
• Aplica también ante la declaración de desierto y resultados de catálogos electrónicos.
• Garantiza transparencia y participación en la selección de proveedores.
3. Novedades de la Ley Nº 32069
• Reducción de la garantía de apelación al 0.5% de la cuantía del procedimiento.
• Límite máximo: 50 UIT, 25 UIT para micro y pequeñas empresas.
• Facilita el acceso al recurso y fomenta mayor participación de proveedores.
Órgano Competente para Resolver el Recurso de Apelación
1. Órganos Competentes• La entidad contratante resuelve recursos hasta 50 UIT.
• El Tribunal de Contrataciones del Estado interviene cuando la cuantía supera 50 UIT.
• Casos de nulidad de oficio siempre son competencia del Tribunal.
2. Efectos del Recurso de Apelación
• Suspende el procedimiento de selección hasta la resolución.
• Actos posteriores a la interposición del recurso se consideran nulos.
• La resolución agota la vía administrativa; posterior apelación solo ante el Poder Judicial.
3. Vías y Garantías Especiales
• Denegatoria ficta ocurre si no se resuelve en plazo, habilitando demanda judicial.
• En caso de denegatoria ficta, se devuelve la garantía del proveedor.
• Compras corporativas y centralizadas se resuelven por la entidad que conduce el procedimiento.
Mecanismos de Resolución de Controversias
1. Mecanismos y Alcance• Se aplican desde la firma del contrato según Ley Nº 32069.
• Incluyen Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD), conciliación, arbitraje y otros mecanismos en contratos de ingeniería y construcción.
• Contratos internacionales como FIDIC también aplican mediación y cláusulas específicas.
2. Normativa y Exclusiones
• Se rigen por Constitución, Ley General de Contrataciones, reglamento y normas de derecho público y privado.
• No incluyen controversias por enriquecimiento sin causa o indemnizaciones de prestaciones no aprobadas; estos casos son competencia del Poder Judicial.
• El inicio del proceso no suspende obligaciones contractuales, salvo indicación contraria.
3. Requisitos y Funciones
• Árbitros o adjudicadores deben contar con título profesional registrado en SUNEDU y 3 años de experiencia en contratación pública o arbitraje.
• La JPRD resuelve consultas técnicas y contractuales con decisiones obligatorias y de cumplimiento inmediato.
• La conciliación puede preceder al arbitraje, incluyendo resolución de contrato, ampliación de plazos y liquidación, aplicable también a contratos menores (≤8 UIT).
Medidas Cautelares
1. Arbitraje en Contrataciones Públicas• El arbitraje sigue siendo el mecanismo principal para resolver controversias sobre validez, nulidad, ejecución o eficacia de contratos estatales.
• Debe incluirse como cláusula en los contratos, manteniendo consistencia con la normativa anterior.
• Garantiza resolución especializada y rápida dentro del marco de la Ley Nº 32069.
2. Solicitud y Contracautela
• Las medidas cautelares se presentan ante el juez competente del territorio de la entidad contratante, evitando solicitudes en múltiples jurisdicciones.
• La parte solicitante debe ofrecer contracautela, como caución juratoria o carta fianza, equivalente a los daños potenciales y no menor que la garantía de fiel cumplimiento.
• Protege a la entidad y terceros de posibles perjuicios durante la tramitación.
3. Restricciones y Prelación Normativa
• No se permiten medidas cautelares que paralicen obras esenciales en salud, educación, infraestructura y saneamiento.
• La Ley Nº 32069 prioriza la aplicación del Decreto Legislativo 1071 sobre arbitraje, seguido por el Código Procesal Civil.
• Estas reglas fortalecen la eficacia y seguridad jurídica en la ejecución de contratos públicos.
- Constitución Política del Perú.
- Objetivo de la normativa de contrataciones del estado.
- Ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
- Supuestos excluidos NO sujetos a supervisión.
- Principios Generales de la Contratación Pública.
- Impedimentos para contratar con el Estado.
- Ámbito de aplicación de los Contrataciones del Estado.
- Artículo 3 de la LCE.
- Supuestos excluidos del ámbito de aplicación.
- Supuestos excluidos de aplicación sujetos a supervisión del OSCE.
- Libertad de concurrencia.
- Igualdad de trato.
- Transparencia.
- Publicidad.
- Competencia.
- Eficacia y eficiencia..
- Vigencia tecnológica.
- Sostenibilidad.
- Equidad.
- Integridad.
- Art. 6 LCE y Art. 109 RLCE.
- Encargados del proceso de contratación.
- Comité de selección.
- Impedimentos para contratar.
- DL N°1444.
- Personas impedidas a contratar.
- Definición.
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