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  • Conceptos Básicos


    1. Presentación del curso


    El curso se titula Residencia y Supervisión de Obras Públicas y se desarrolla bajo el marco de la Ley N.° 32069.

    Está diseñado en cinco sesiones enfocadas en los aspectos esenciales de la gestión de obras.

    Cada sesión tiene una duración aproximada de hora y media, priorizando los temas más relevantes.


    2. Contenido temático


    La primera sesión aborda el rol de la residencia y supervisión de obras.

    La segunda profundiza en el marco normativo aplicable.

    La tercera analiza aspectos técnicos, como expedientes técnicos y el cuaderno de obra digital.


    3. Aspectos económicos


    Las sesiones cuarta y quinta se centran en la dimensión económica del proceso.

    Se desarrollan los temas de valorización y liquidación de obras.

    Ambos se revisan en concordancia con la Ley N.° 32069, resaltando su importancia práctica.

  • Alcances Generales Normativos


    1. Concepto de obra y marco normativo


    La Ley N.º 32069 define como obras no solo la construcción, sino también la reconstrucción, ampliación, habilitación y demolición de inmuebles.

    La ejecución de una obra requiere dirección técnica (residente y supervisor), expediente técnico y recursos como mano de obra, materiales y equipos.

    La normativa establece reglas específicas para cada modalidad de ejecución, ya sea por administración directa o por contrata.


    2. Obras públicas y modalidades de ejecución


    Una obra pública es ejecutada por entidades del Estado, de manera directa o indirecta, con recursos públicos y orientada al beneficio ciudadano.

    La ejecución incluye etapas como expedientes técnicos, construcción, valorizaciones y liquidación.

    Existen dos formas de ejecución: directa (a cargo de la propia entidad, bajo la Directiva N.º 017-2023-CG) e indirecta (por contrata, regulada por la Ley N.º 32069 y su reglamento).


    3. Modalidades de pago y requisitos


    La Ley N.º 32069 reemplaza el concepto de “sistemas de contratación” por “modalidades de pago”: suma alzada, precios unitarios, mixto y costo reembolsable.

    Cada modalidad se aplica según la definición de cantidades, magnitudes y características del proyecto.

    Para obras por administración directa o por contrato deben cumplirse requisitos normativos y contar con informes técnicos, legales y presupuestarios favorables.

  • Profesionales Responsables en una Obra Pública


    1. Identificación y requisitos legales


    Los responsables técnicos de una obra pública son el residente y el supervisor.

    Para ejercer legalmente se exige título profesional, colegiatura y certificado de habilidad vigente.

    El ejercicio sin estos requisitos genera sanciones administrativas, civiles y penales.


    2. Derechos y responsabilidades normativas


    La Norma G.030 del Reglamento Nacional de Edificaciones define derechos y obligaciones.

    El residente se encarga de la ejecución y el supervisor de la fiscalización, ambos velando por la calidad.

    Están obligados a usar el cuaderno de obra, registrar eventos y cumplir con normas y contratos.


    3. Tipos de responsabilidades y control


    Pueden asumir responsabilidad administrativa, civil o penal según su actuación.

    Errores u omisiones en el cuaderno de obra, aprobaciones indebidas o concertación ilícita constituyen faltas graves.

    La normativa exige transparencia y revisión de expedientes técnicos para garantizar la correcta ejecución de la obra.

  • Residente de Obra


    1. Rol y funciones principales


    El residente es el profesional responsable de ejecutar y administrar la obra.

    Coordina con especialistas en producción, calidad, seguridad y ambiente.

    Garantiza el cumplimiento de plazos, presupuestos, normativa y control documental.


    2. Requisitos normativos


    La Ley N.º 32069 (art. 193) exige un residente permanente y exclusivo en sistemas de construcción y diseño-construcción.

    Debe ser ingeniero o arquitecto colegiado, habilitado y con al menos dos años de experiencia.

    La Contraloría establece requisitos adicionales según la categoría y monto de la obra.


    3. Responsabilidades técnicas y de gestión


    Dirige la ejecución conforme al expediente técnico, cronograma y presupuesto.

    Realiza revisión técnica, controla calidad, seguridad, ambiente y rendimientos de la obra.

    Es el representante técnico del contratista o de la entidad en obras por administración directa.

  • Supervisor de Obra


    1. Marco normativo y requisitos


    La Ley N.º 32069 regula la supervisión en sistemas de construcción y diseño-construcción (art. 186).

    El supervisor o inspector es designado según el tipo de contratación, pero no pueden coexistir en la misma obra.

    Debe ser ingeniero o profesional afín, colegiado y habilitado, con experiencia mínima equivalente a la del residente.


    2. Funciones principales


    Garantizar la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra.

    Revisar planes de trabajo, controlar la calidad de materiales y verificar cumplimiento contractual.

    No tiene facultad para modificar contratos, pero sí para rechazar trabajos o insumos que no cumplan estándares.


    3. Rol frente a la entidad y la obra


    Es el representante técnico de la entidad y máxima autoridad en la obra.

    Supervisa al residente, asegurando calidad, uso eficiente de recursos y cumplimiento de plazos.

    Su labor se centra en proteger los intereses de la entidad frente al contratista.

  • Normativa para Obras por Administración Directa y Contrata


    1. Modalidades de ejecución de obras


    Existen dos modalidades principales: la administración directa y la contrata o indirecta.

    Ambas se enmarcan dentro de las ejecuciones presupuestales que deben regirse por normas específicas.

    Es clave que los profesionales conozcan las diferencias normativas para aplicarlas correctamente.


    2. Obras por contrata o modalidad indirecta


    Se ejecutan mediante acuerdos entre una entidad pública y un contratista.

    Se rigen por la Ley N.° 30225 de Contrataciones del Estado y su reglamento.

    Esta normativa está respaldada por el Decreto Supremo N.° 344-2018-EF y posteriores modificaciones.


    3. Obras por administración directa


    Se ejecutan directamente por la entidad pública, sin intermediarios.

    Están reguladas por la Directiva N.° 017-2023-EF/51.01, que establece procedimientos y controles.

    Este marco busca garantizar eficiencia, transparencia y el uso adecuado de los recursos.

  • Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento


    1. Alcances y marco normativo


    La Ley N.° 30225, hoy reemplazada por la Ley N.° 30269, regula las contrataciones públicas junto con su Reglamento (D.S. N.° 009-2025-EF).

    Para obras por administración directa se aplica también la Directiva N.° 017-2023-CG, que complementa disposiciones no contempladas en la ley.

    Este marco normativo busca evitar vacíos y garantizar seguridad en la ejecución de obras públicas.


    2. Objetivos y principios


    La ley promueve el uso eficiente de los recursos públicos, basándose en eficacia, eficiencia y economía.

    Su correcta aplicación asegura la calidad de las contrataciones y evita dispersión en los procedimientos.

    Además, orienta la ejecución hacia resultados medibles y el cumplimiento de objetivos de política pública.


    3. Innovaciones y finalidades


    Incorpora estándares internacionales como contratos internacionales, BIM y metodologías modernas de gestión.

    Busca reducir burocracia, mejorar plazos y asegurar calidad en bienes, servicios y obras.

    Su finalidad central es maximizar el valor de los recursos públicos y mejorar la vida de los ciudadanos.

  • Estructura del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas


    1. Disposiciones generales y actores del sistema


    El reglamento se organiza en torno a la contratación y la ejecución, iniciando con normas generales.

    Identifica a los actores del proceso: Dirección General de Abastecimiento, OSCE, Perú Compras, entidades contratantes y proveedores.

    Busca garantizar transparencia, eficacia y eficiencia en el uso de recursos públicos.


    2. Fases de la contratación y procedimientos de selección


    Incluye las actuaciones preparatorias: segmentación, requerimientos, expediente de contratación y estrategias.

    Regula la fase de selección: convocatoria, registro de participantes, evaluación y adjudicación.

    Define procedimientos de selección competitivos y no competitivos, con modalidades como licitación pública y concurso público, según montos y tipo de contratación.


    3. Ejecución contractual y disposiciones específicas


    La ejecución se inicia tras la firma del contrato e involucra garantías, adelantos, supervisión y posibles modificaciones.

    En obras y consultorías, exige expedientes técnicos bajo metodología BIM, así como valorizaciones, recepción y liquidación.

    El cumplimiento normativo asegura la fiscalización y correcto uso de fondos estatales.

  • Reglamento Nacional de Edificaciones

    1. Naturaleza y objetivo del reglamento

    Es un documento técnico-directriz aplicable a obras públicas y privadas dentro del territorio peruano.
    Su finalidad es garantizar edificaciones seguras, habitables, funcionales y de calidad, protegiendo también el medio ambiente.
    Establece parámetros mínimos de diseño y ejecución, así como derechos y responsabilidades de los actores del proceso constructivo.

    2. Estructura y alcances normativos

    Está organizado en tres títulos: generalidades (5 normas), habilitaciones urbanas (25 normas) y edificaciones (39 normas).
    Regula aspectos de arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias, eléctricas y mecánicas, incluyendo criterios de seguridad estructural y habitabilidad.
    Sus normas se actualizan periódicamente, especialmente tras eventos sísmicos, para mejorar parámetros técnicos y proteger vidas.

    3. Aplicación práctica y especificaciones técnicas

    Proporciona lineamientos claros según el tipo de proyecto: habilitaciones urbanas, edificaciones residenciales, industriales, de salud, entre otras.
    Define materiales permitidos (como tipos de ladrillos y resistencia mínima), procedimientos de prueba y criterios de calidad en construcción.
    Permite a los profesionales diseñar y ejecutar obras seguras, ajustadas a estándares nacionales y en constante actualización.

  • Reglamento de Metrados para Obras de Edificación


    1. Generalidades y carácter obligatorio


    Es una norma técnica de aplicación nacional que regula los metrados en obras de edificación y habilitaciones urbanas.

    Su cumplimiento es obligatorio en la elaboración de expedientes técnicos, sin excepciones.

    Define objetivos, campo de aplicación, referencias normativas y criterios mínimos para cuantificar partidas.


    2. Estructura y organización del reglamento


    Consta de tres títulos: generalidades, metrados para obras de edificación y metrados para habilitaciones urbanas.

    Establece jerarquías de partidas (primer a cuarto orden) con nomenclaturas específicas (OE para edificación, HU para habilitación urbana).

    Precisa alcances de cada partida: obras provisionales, estructuras, instalaciones, pistas, veredas e infraestructura de servicios.


    3. Aportes y criterios técnicos


    Incorpora desde 2010 las partidas de seguridad y salud como obligatorias en todo expediente.

    Define unidades de medida y formas de medición que deben respetarse estrictamente para evitar errores en presupuesto y cronogramas.

    Permite identificar y organizar partidas con claridad, garantizando coherencia técnica, control de costos y responsabilidad profesional.


  • Directiva 017: Ejecución de Obras por Administración Directa


    1. Contexto y requisitos normativos


    La Directiva 017 regula exclusivamente la ejecución de obras por administración directa, vigente desde junio de 2024.

    Establece que la modalidad por contrato es la primera opción, salvo que la entidad demuestre capacidad técnica, económica y legal.

    Exige informes técnicos, económicos y legales para autorizar la ejecución directa.


    2. Organización y personal clave


    Define que las entidades deben designar personal especializado: administrador, residente, inspector, ingeniero de calidad, especialista en seguridad y almacenero.

    Precisa los componentes mínimos del expediente técnico y los controles recurrentes de fiscalización.

    Refuerza la responsabilidad de la entidad en adquisiciones, contratación de personal y gestión de recursos.


    3. Etapas de ejecución y control


    El proceso contempla fases: aprobación, preparación, ejecución física y culminación.

    La preparación incluye designación de personal, revisión del expediente y requerimientos de bienes y servicios.

    La ejecución exige registro digital en cuaderno de obra, valorizaciones, control de calidad y liquidación final conforme a lineamientos de la Contraloría.

  • Expedientes Técnicos en Obras Públicas


    1. Fundamentos normativos y modalidades de ejecución


    La Ley N.° 32069 y su reglamento establecen modalidades de ejecución: directa e indirecta.

    Se regulan sistemas de entrega como solo construcción y diseño–construcción.

    Existen cuatro modalidades de pago: suma alzada, precios unitarios, mixto y reembolsable.


    2. Obligación y rol de los expedientes técnicos


    Su elaboración es obligatoria antes de ejecutar cualquier obra pública.

    Forman parte de la etapa de ejecución dentro del sistema Invierte.pe.

    Aseguran coherencia entre formulación, ejecución y funcionamiento del proyecto.


    3. Contenido y función de los expedientes técnicos


    Incluyen memoria descriptiva, planos, metrados, presupuestos y cronogramas.

    Brindan información fidedigna para supervisión y formulación de propuestas.

    Su detalle varía según se trate de obras por contrato o por administración directa.

  • Elaboración, Vigencia y Consultoría de Obra


    1. Coherencia y elaboración del expediente técnico


    Debe guardar relación con los objetivos, alcances y parámetros que sustentan la viabilidad de la inversión.

    Su elaboración puede ser realizada por la entidad, por contratistas bajo supervisión o mediante diseño y construcción.

    Incluye un análisis del proceso constructivo, incorporando eficiencia y prácticas sostenibles.


    2. Contenido, aprobación y vigencia


    Se integra por memoria descriptiva, planos, estudios, presupuestos, cronogramas y análisis de riesgos.

    Requiere aprobación de una dependencia responsable según normas y organización interna de la entidad.

    Tiene vigencia máxima de tres años o un año, según la modalidad y naturaleza del proyecto.


    3. Consultores y modalidades de consultoría de obra


    Los consultores de obra son profesionales calificados que elaboran o supervisan expedientes técnicos y obras.

    Existen tres escenarios: elaboración, supervisión del expediente técnico y supervisión de la obra.

    Estas consultorías pueden realizarse mediante procesos de selección, contratación directa o sistemas de entrega llave en mano.

  • Consultoría de Obra: Tipos, Categorías y Responsabilidades


    1. Tipos y procesos de selección


    Existen consultorías para elaborar expedientes técnicos, supervisar su elaboración y supervisar obras.

    Según el monto, se aplican concursos públicos, privados o contratación directa.

    El reglamento establece modalidades específicas para servicios y consultorías en obras.


    2. Consultores y categorías


    Los consultores pueden ser personas naturales o jurídicas, con especialidades definidas por directivas.

    Se establecen categorías (A, B, C, D) con requisitos de experiencia y montos de obra acreditados.

    Los consultores tienen responsabilidades que se extienden más allá de la entrega del expediente técnico.


    3. Responsabilidades y alcances legales


    El Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) define roles de proyectistas, residentes y supervisores.

    Los profesionales deben estar habilitados y son responsables del diseño y compatibilidad de proyectos.

    Sus responsabilidades pueden ser administrativas, civiles o penales, incluso solidarias con empresas.

  • Aprobación y Gestión del Expediente Técnico en Contrataciones Públicas


    1. Aprobación y retroalimentación


    El art. 173 del Reglamento establece que el expediente técnico debe aprobarse en un plazo de 10 días hábiles, salvo cuando es elaborado por la propia entidad.

    El área usuaria debe brindar retroalimentación a la unidad formuladora sobre cambios de alcance, costos y plazos.

    La aprobación, reformulación, actualización y adecuación se formalizan mediante resolución.


    2. Digitalización y estructura del expediente


    Desde 2020, los expedientes técnicos se digitalizan y suben al SEACE/PLADICOP en secciones diferenciadas.

    Incluyen datos de aprobación, memoria descriptiva, planos, metrados, presupuestos, cronogramas y estudios técnicos.

    Los formatos aceptados abarcan DOC, PDF, ZIP, entre otros.


    3. Modificaciones y ejecución contractual


    El expediente técnico original puede requerir ajustes por deficiencias o cambios en obra.

    Se permiten modificaciones contractuales como adicionales, mayores metrados o vinculados.

    Dichas modificaciones deben estar debidamente justificadas y buscan asegurar la funcionalidad del proyecto.

  • Componentes y Metodología de los Expedientes Técnicos en Obras Públicas


    1. Componentes fundamentales


    Un expediente técnico incluye memoria descriptiva, estudios básicos, planos, especificaciones técnicas, metrados, análisis de precios unitarios, presupuestos y cronogramas.

    Cada componente cumple una función específica: describir, dimensionar y costear la obra.

    Los TDR de las entidades definen criterios para su correcta elaboración y aprobación.


    2. Función de cada elemento técnico


    La memoria ejecutiva describe antecedentes y condiciones del proyecto.

    Estudios, planos y especificaciones aseguran diseño y calidad de las partidas.

    Los metrados, precios unitarios y presupuestos cuantifican y valorizan recursos.


    3. Cronogramas y metodología BIM


    Los cronogramas establecen plazos, secuencia de actividades y uso de recursos.

    Se integran cronogramas valorizados, de insumos, mano de obra y equipos.

    La Ley 32069 exige incorporar la metodología BIM de manera progresiva.

  • Controles Técnicos


    1. Revisión del expediente técnico


    Es el primer paso del control, pues permite identificar deficiencias, omisiones y riesgos antes de la ejecución.

    La Ley N.º 32069 y su reglamento (D.S. N.º 009-2025-EF, art. 186) fijan plazos ajustados: el contratista debe presentar en 10 días un informe al supervisor.

    El supervisor y la entidad verifican la información y emiten pronunciamientos técnicos en un plazo adicional de 5 y 10 días, respectivamente.


    2. Verificación del cumplimiento


    Una vez aprobado, el expediente técnico guía la ejecución contractual, exigiendo control en obra sobre procesos y recursos.

    El objetivo es asegurar que cada partida cumpla con lo establecido en la documentación oficial.

    Se trata de supervisar parámetros de calidad, coherencia normativa y ajustes necesarios en caso de errores detectados.


    3. Control de procesos constructivos


    Incluye la evaluación de materiales, maquinaria, instalaciones, pruebas de calidad, ensayos y control topográfico.

    Se supervisa al personal, los procedimientos y los recursos empleados en la ejecución.

    Este control integral busca garantizar que la obra cumpla estándares técnicos, normativos y contractuales, reflejando valor y calidad en el resultado final.

  • Control del Proceso Constructivo y Curva S


    1. Revisión del expediente técnico


    Paso inicial para identificar riesgos, deficiencias y observaciones.

    Se rige por la Ley N.º 32069 y el Reglamento Nacional de Edificaciones.

    Permite ajustar antes de iniciar la ejecución y asegurar un panorama claro.


    2. Control del proceso constructivo


    Verificación de partidas en campo según planos, especificaciones y normas.

    Supervisión de dimensiones, niveles, materiales, dosificación y ensayos.

    Busca reducir errores y garantizar calidad, seguridad y funcionalidad.


    3. Avance físico y curva S


    Los avances se miden comparando el metrado real frente al total.

    Se reflejan en valorizaciones y en la curva S (programado vs. ejecutado).

    Herramienta clave para detectar atrasos, adelantos o ejecución normal.

  • Controles Económicos


    1. Evaluación de APU


    Se comparan APUs programados con ejecutados para detectar desviaciones.

    El APU representa el análisis de costo unitario de una partida, con mano de obra, materiales y equipos.

    El control verifica si los rendimientos y costos reales se ajustan a lo previsto en el expediente técnico.


    2. Costos reales vs. programados


    Se mide el costo unitario real y se compara con el programado.

    El control económico determina si se gasta más, menos o igual a lo previsto.

    De allí se obtiene el costo total real y su variación frente al planificado.


    3. Avance y control documental


    El avance económico se expresa en porcentaje: costo real sobre programado × 100.

    Se revisa la documentación para validar ampliaciones, adicionales, mayores metrados o penalidades.

    Las fuentes normativas claves son el Reglamento Nacional de Edificaciones y la Ley de Contrataciones.

  • Cuaderno de Obra


    1. Naturaleza y finalidad


    Desde 2020 se emplean cuadernos digitales, hoy denominados cuadernos de incidencias.

    Registran los hechos relevantes de la obra y sirven como respaldo documental.

    Solo el residente y el supervisor/inspector están autorizados a registrarlos.


    2. Regulación y operatividad


    El artículo 188 los integra en la plataforma PLADICOP, con directivas emitidas por el OSCE.

    Se aperturan en la entrega del terreno y se cierran con la recepción de la obra.

    Las anotaciones sustentan metrados, consultas, adicionales y modificaciones contractuales.


    3. Uso práctico y recomendaciones


    Se recomienda anotar diariamente avances, metrados y consultas para dar transparencia.

    Los asientos deben ser definitivos, con títulos, fechas, descripciones y archivos de respaldo.

    Constituyen un medio formal de comunicación y sustento técnico entre residente y supervisor.

  • Alcances Normativos


    1. Marco legal y contexto de ejecución


    La Ley N.° 32069 regula la ejecución de obras públicas bajo dos modalidades: administración directa y contrata.

    En obras por contrata, la ejecución se estructura en expedientes técnicos y etapa de ejecución, donde surgen valorizaciones y liquidaciones.

    El reglamento (D.S. N.° 009-2025-EF) define las valorizaciones como cuantificaciones económicas de avances físicos en un periodo.


    2. Valorizaciones de obra


    Se realizan mensualmente como pagos a cuenta, aunque las bases pueden fijar otros plazos.

    Incluyen partidas ejecutadas, metrados de avance, precios unitarios, gastos generales y utilidades.

    La normativa exige su cálculo con transparencia, vinculando el avance físico con la cuantificación económica.


    3. Modalidades de pago aplicables


    Existen cuatro: suma alzada, precios unitarios, esquema mixto y costo reembolsable.

    Cada modalidad se usa según la precisión de los metrados y la naturaleza del contrato.

    Los pagos deben realizarse dentro del mes siguiente a la presentación de la valorización; vencido el plazo generan intereses legales.

  • Tipos de Valorización


    1. Clases principales


    Existen cuatro tipos: valorización de obra principal (basada en el expediente técnico original), de adicionales (por expedientes complementarios), de mayores gastos generales variables (por ampliaciones de plazo) y de intereses (por demoras en el pago).

    Cada valorización se calcula de forma independiente para evitar confusión.

    Según el artículo 210 de la Ley N.º 32069, las valorizaciones son pagos a cuenta y suelen ser mensuales.


    2. Procedimiento de presentación y revisión


    El contratista presenta la valorización en los tres primeros días del mes siguiente, luego de revisarla junto con el residente y el supervisor.

    El supervisor tiene cinco días adicionales para remitirla a la entidad, que debe pagar hasta el último día de ese mes.

    Si hay observaciones, estas deben subsanarse en plazos cortos; de lo contrario, se paga la parte no cuestionada.


    3. Modalidades de pago aplicables


    En suma alzada, se valoriza según el presupuesto contractual, sin importar variaciones en los metrados.

    En precios unitarios, se paga lo realmente ejecutado, pudiendo reconocer adicionales o reducciones.

    Bajo costo reembolsable, el contratista acredita gastos reales más utilidades; en la última valorización debe entregar planos postconstrucción.

  • Estructura de Valorización y Consideración en el Pago


    1. Componentes básicos de la valorización


    La valorización se organiza en cabecera, cuerpo y pie, incluyendo datos del proyecto, partidas, unidades de medida, metrado, precios y presupuesto base.

    Al presupuesto base se añaden columnas para avance anterior, avance actual, acumulado y saldo por valorizar.

    Sobre esta base se determina el porcentaje de avance físico y el monto que corresponde pagar al contratista.


    2. Cálculo contractual y ajustes


    La valorización contractual se compone de costo directo, gastos generales y utilidad (subtotal).

    Se aplican reajustes mediante la fórmula “valorización contractual × (k - 1)”.

    También se consideran deducciones y amortizaciones derivadas de adelantos, reguladas por lineamientos vigentes.


    3. Adelantos, amortizaciones y deducciones


    Los adelantos (directo, materiales y avances) funcionan como préstamos que deben devolverse durante el contrato.

    Cada adelanto genera deducción y amortización específicas, evitando que se reajusten montos que provienen de dichos préstamos.

    La valorización final resulta de aplicar reajustes, restar amortizaciones y deducciones, sumar IGV y descontar garantías, definiendo el pago neto al contratista.

  • Reajustes de Obra


    1. Base normativa y aplicación


    Los reajustes en obras públicas se regulan por la Ley N.° 32069 y, en ausencia de lineamientos de la DGA, siguen aplicando el D.S. N.° 011.

    Se aplican a valorizaciones de obra principal y mayores metrados, mediante fórmulas polinómicas incluidas en las bases.

    En adicionales, el reajuste se calcula con la fórmula propia del presupuesto adicional.


    2. Procedimiento de cálculo


    El reajuste corresponde a la valorización contractual multiplicada por (k – 1), donde k proviene de la fórmula polinómica.

    El contratista puede solicitar su aplicación en cada valorización o al momento de la liquidación.

    En caso de solicitarlo durante la obra, puede existir una diferencia que se regulariza al conocerse los índices definitivos.


    3. Criterios de actualización


    Los cálculos usan índices unificados que reflejan la variación mensual de los recursos de construcción.

    La regularización se realiza cuando se publican los índices del mes en que debió efectuarse el pago.

    Este mecanismo busca compensar los efectos de la inflación y asegurar la equivalencia económica del contrato.

  • Casuística


    1. Reajuste y valorización inicial


    El reajuste de precios se calcula con índices unificados del mes posterior al valorizado, aunque en la práctica se usan los disponibles del mes anterior.

    La valorización principal se construye con el presupuesto base del expediente técnico, manteniendo costo directo, gastos generales, utilidad y total contratado.

    Se registran avances en columnas (anterior, actual, acumulado, saldo), cada una con metrado, valorización y porcentaje.


    2. Avances y control de la obra


    El avance actual refleja los metrados ejecutados en cada periodo, ajustados según la forma de pago (suma alzada o precios unitarios).

    El acumulado se obtiene sumando avances previos, y el saldo resulta de restar al presupuesto base lo ya valorizado.

    La comparación entre avance programado y ejecutado se expresa en porcentaje y se visualiza con la curva S para evaluar retrasos o adelantos.


    3. Resumen económico y garantías


    La valorización contractual incluye costos directos, gastos generales, utilidad, IGV y deducciones por adelantos o amortizaciones.

    Las garantías pueden aplicarse mediante retención, carta fianza o fideicomiso, afectando el monto neto a pagar.

    El reajuste de precios se calcula con fórmulas polinómicas y los índices unificados oficiales, diferenciados por área geográfica.

  • Alcances Normativos


    1. Marco legal y modalidades de ejecución


    La Ley N.º 32069 regula las obras públicas por contrato, en el marco del ciclo de inversión de Invierte.pe.

    Estas pueden ejecutarse de forma directa o indirecta, con distintos sistemas de pago.

    La etapa de ejecución se compone de expedientes técnicos y ejecución de obras.


    2. Valorizaciones y proceso de ejecución


    Durante la ejecución se aplican valorizaciones periódicas que reflejan el avance físico y económico.

    La recepción de la obra confirma la culminación satisfactoria.

    Estas valorizaciones son indispensables para dar continuidad y control presupuestal.


    3. Importancia de la liquidación


    La liquidación cierra formalmente la fase de ejecución y permite pasar a la etapa de funcionamiento.

    Sin liquidación, los proyectos quedan como “en curso”, limitando nuevos presupuestos.

    Una gestión adecuada evita retrasos y fortalece la transparencia en la administración pública.

  • Definición, Importancia y Requisitos Clave


    1. Definición y naturaleza de la liquidación


    La liquidación es un proceso técnico, legal y administrativo que documenta la ejecución de la obra.

    Permite evidenciar el cumplimiento de parámetros técnicos, económicos y contractuales.

    En obras públicas es obligatoria, a diferencia de proyectos privados donde puede no requerirse.


    2. Importancia y efectos prácticos


    Asegura transparencia y determina el costo real de la obra.

    Garantiza el pago del saldo retenido (generalmente 20%) al contratista.

    Su omisión genera responsabilidades administrativas y afecta a la entidad, que mantiene obras como “en curso”.


    3. Requisitos y condiciones esenciales


    Exige contar con el acta de recepción definitiva sin observaciones.

    Requiere documentos técnicos, legales y financieros completos (expediente técnico, valorizaciones, resoluciones, estados financieros).

    En obras por contrato, el contratista elabora la liquidación final, revisada por la comisión respectiva.

  • Ley 32069


    1. Declaratoria de fábrica y documentos obligatorios


    En obras bajo sistemas de solo construcción o diseño–construcción, la liquidación inicia con la declaratoria de fábrica.

    El contratista debe entregar planos post construcción y memoria descriptiva valorizada.

    Estos documentos son condición contractual para el pago de la liquidación.


    2. Procedimiento y plazos de la liquidación


    El contratista presenta la liquidación sustentada con cálculos y documentos en un plazo de 30 días.

    La entidad o el contratista tienen 50 días para pronunciarse; la parte observada dispone de 15 días para subsanar.

    Si no hay respuesta, la liquidación queda consentida y se habilita el pago final y devolución de garantías.


    3. Rol de la entidad y supervisión


    Si el contratista no presenta la liquidación, la entidad asume esta obligación.

    En contratos con supervisión, este presenta cálculos propios dentro del plazo.

    La norma aclara que pagos finales a favor de la entidad o contratista se ajustan al artículo 67 de la Ley.

  • Casuísticas


    1. Estructura de la liquidación en obras por contrata


    A diferencia de la administración directa, la norma no define un modelo único de liquidación en obras por contrato.

    Cada entidad establece su propia estructura, aunque siempre exige aspectos técnicos y financieros.

    La liquidación se concibe como un cálculo técnico-financiero que determina el costo total y el saldo económico del contrato.


    2. Componentes técnicos y financieros


    En la práctica, las entidades solicitan fichas técnicas, memoria descriptiva, contratos, resoluciones, actas y cuadernos de obra.

    Se añaden ensayos, panel fotográfico, informes finales y cuadros comparativos de metros programados vs. ejecutados.

    La liquidación financiera incluye presupuesto, valorizaciones, cronogramas, reajustes y pagos realizados al contratista.


    3. Procedimiento y validación


    El contratista presenta la liquidación, que es revisada por la supervisión y validada por la entidad.

    El supervisor suele emitir un informe confirmando cálculos y cumplimiento de metas físicas.

    Finalmente, la resolución de liquidación formaliza el cierre del contrato, devoluciones de garantías y reajustes pendientes.

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